Condiciones generales de entrega, montaje y servicio
1. Generalidades
1.1 Las siguientes condiciones generales de entrega, montaje y servicio
(en lo sucesivo, «ALB») se aplican a todas las entregas actuales y futuras, así como a otros servicios, incluidos los posibles servicios de montaje, servicio y asesoramiento, y la información de la siguiente empresa:
oxytec ag Feldeggstr. 39 CH-8034 Zúrich
(en lo sucesivo, «la empresa»). Esto también se aplica si la empresa no vuelve a informar al cliente sobre estas CGV en transacciones posteriores. Las condiciones del cliente no formarán parte del contrato en ningún caso, incluso si la empresa no las rechaza expresamente de nuevo. Por el contrario, en todos los casos se aplicarán exclusivamente estas CGV.
1.2 Las ofertas de la empresa, que se basan exclusivamente en estas CGV, no son vinculantes. La obligación de entrega solo existirá tras la confirmación por escrito del pedido por parte de la empresa. Los presupuestos para servicios de montaje y asistencia solo serán vinculantes si se presentan por escrito. Un presupuesto vinculante podrá superarse hasta un 15 % sin consultar al cliente, siempre que sea necesario realizar trabajos adicionales.
1.3 Todos los acuerdos entre nosotros y el cliente, en particular los acuerdos adicionales y las modificaciones del contrato, deberán constar por escrito.
1.4 En caso de que alguna de las disposiciones de estas CGC sea o llegue a ser ineficaz, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones. La disposición inválida será sustituida por la disposición habitual en el sector para este caso o, en ausencia de una disposición habitual en el sector, por la disposición legal correspondiente.
1.5 El cliente solo podrá ceder a terceros sus derechos frente a la empresa derivados del presente contrato con el consentimiento previo y expreso de esta.
La disposición del artículo 354 a del Código Mercantil alemán (HGB) no se ve afectada.
2. Precios y condiciones de pago
2.1 Los precios son «ex fábrica». A ello se añade el impuesto sobre el valor añadido vigente en Alemania en el porcentaje legal correspondiente.
2.2 Salvo acuerdo escrito en contrario en casos concretos, todas las facturas deberán abonarse sin descuento en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de facturación, de la siguiente manera:
– un tercio tras la recepción de la confirmación del pedido;
– un tercio tras la notificación de que el pedido está listo para su envío;
– un tercio tras la transferencia del riesgo según el apartado 3 o, en el caso de los servicios de montaje y asistencia que deba prestar la empresa
, tras la finalización del montaje;
– en el caso de servicios de montaje y asistencia puros, inmediatamente después de la recepción de nuestra factura.
2.3 Los pagos se realizarán indicando el número de factura exclusivamente en las cuentas indicadas en la factura de la empresa en la moneda acordada. Deben realizarse sin gastos y sin deducción alguna en la fecha de vencimiento. En el caso de pagos de cualquier tipo, el cumplimiento solo se producirá en la fecha en que la empresa pueda disponer del pago sin restricciones.
2.4 La empresa no está obligada a aceptar letras de cambio ni cheques. Si se concede su entrega, solo se aceptarán a efectos de pago, con sujeción a la posibilidad de descuento, contra el reembolso de todos los gastos. La empresa tampoco está obligada a presentar a tiempo las letras de cambio y los cheques, ni a presentar protestos.
2.5 En caso de demora en el pago por parte del cliente, la empresa tendrá derecho a cobrar intereses de demora por un importe del 8 % (ocho) por encima del tipo de interés básico correspondiente. Queda reservado el derecho a reclamar los intereses legales por vencimiento (§ 353 del Código Mercantil alemán, HGB) de un daño por demora adicional, así como los derechos derivados de estas CGV (véanse los apartados 2.7 y 5.3 de las CGV).
2.6 El cliente solo tendrá derecho a compensación y retención si sus contrademandas han sido determinadas legalmente o reconocidas por la empresa. En la medida en que el cliente tenga derecho a ejercer un derecho de retención, este solo podrá ejercerse en la medida en que el importe retenido no supere en más de un 10 (diez) por ciento el valor de las partes de la entrega/prestación reclamadas como defectuosas; el artículo 320, apartado 2, del Código Civil alemán (BGB) no se verá afectado.
2.7 Si el cliente se retrasa más de dos semanas en el pago de una factura, se presenta una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia o de conciliación sobre el patrimonio del cliente, el cliente ha iniciado un procedimiento extrajudicial para la regulación de deudas o ha suspendido sus pagos, o la empresa tiene conocimiento de otras circunstancias que reduzcan considerablemente la solvencia del cliente y que pongan en peligro el cumplimiento de la contraprestación adeudada por el cliente, la empresa tendrá derecho a exigir una garantía para las entregas/prestaciones pendientes, fijando un plazo de al menos una semana, mediante pago por adelantado o garantía bancaria (a elección del cliente), y a denegar su prestación hasta que se haya constituido la garantía. Tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable, la empresa seguirá teniendo derecho a rescindir el presente contrato o a exigir una indemnización por incumplimiento. Además, en este caso, la empresa podrá revocar la autorización de reventa y la autorización de cobro de conformidad con los apartados 5.3 a 5.5, así como el derecho a procesar, combinar y mezclar los artículos ya entregados de conformidad con los apartados 5.2 y 5.3, y exigir la devolución del artículo entregado.
3. Entrega y transferencia del riesgo
3.1 Si la empresa adquiere el objeto de suministro y/o las piezas, materiales o sustancias necesarios para su fabricación a terceros, la obligación de entrega de la empresa estará sujeta a la condición de que ella misma reciba el suministro completo, correcto y puntual, a menos que la falta de suministro o el retraso sean culpa de la empresa. Si, sin culpa de la empresa, la entrega no se realiza de forma completa, correcta y/o puntual por uno de los motivos mencionados en la frase 1, la empresa tendrá derecho a rescindir el contrato.
3.2 El cliente correrá con los riesgos y los gastos del envío del objeto de suministro desde la fábrica/almacén de distribución, así como con los gastos de un posible seguro de transporte. Esto también se aplica si el transporte lo realiza una empresa seleccionada por la empresa. El cliente deberá notificar a la empresa cualquier daño ocasionado durante el transporte inmediatamente, a más tardar en el plazo de una semana tras la recepción del objeto de suministro, incluso si la empresa no es responsable del transporte.
3.3 El riesgo se transfiere al cliente, incluso en caso de entrega a portes pagados y de montaje acordado, en el momento en que el objeto de suministro se carga en el medio de transporte. Si no se prescribe otro tipo de embalaje, el objeto de suministro se enviará en embalajes de cartón, cajas, tablones o cajones, y en el caso de transporte en camión o remolque de plataforma baja, también sin embalaje. El embalaje se facturará a precio de coste.
El riesgo se transfiere al cliente en el momento de la finalización de los servicios y, en el caso del montaje, en el momento de la instalación de las piezas.
3.4 Si el objeto de suministro está listo para su envío y este se retrasa, o si se retrasa el envío o la entrega, o la aceptación por motivos ajenos a la empresa, el riesgo se transfiere al cliente en el momento en que este recibe la notificación de que el envío está listo.
3.5 El cliente no puede rechazar entregas parciales en una medida razonable y debe pagarlas inmediatamente después de recibir la entrega parcial. La reclamación de una entrega parcial no da derecho a rechazar otras entregas del mismo contrato o de otro contrato.
3.6 El cliente incurrirá en mora de aceptación incluso si la empresa solo le ofrece la entrega por escrito. Por lo tanto, se excluye la aplicación del artículo 294 del Código Civil alemán (BGB). Las demás condiciones legales de la demora en la aceptación no se ven afectadas.
3.7 El cliente deberá aceptar inmediatamente el objeto de suministro que se haya notificado como listo para su envío de conformidad con el contrato. De lo contrario, la empresa tendrá derecho a enviar o almacenar el objeto de suministro, a elección de la empresa, por cuenta y riesgo del cliente, y a facturarlo tras un plazo adicional de una semana. Lo mismo se aplica si el objeto de suministro no se solicita o no se solicita en su totalidad dentro del plazo de solicitud acordado.
4. Plazos y fechas de entrega
4.1 El cumplimiento de los plazos y fechas de entrega presupone el cumplimiento puntual de las obligaciones contractuales del cliente. Los plazos de entrega comienzan a partir de la fecha de la confirmación del pedido de la empresa
, pero no antes de que se hayan aclarado todos los detalles de la ejecución del pedido y se hayan recibido todos los documentos necesarios para la ejecución del pedido y demás datos que deba facilitar el cliente, así como el pago de cualquier anticipo acordado. El plazo de entrega también se considerará cumplido si el objeto de entrega sale de la fábrica o del almacén en la fecha acordada o si se notifica al cliente que el envío está listo, pero el objeto de entrega no puede enviarse a tiempo por causas ajenas a la empresa. Las disposiciones anteriores se aplicarán igualmente a las fechas de entrega.
4.2 Aunque se haya fijado un plazo para la prestación de los servicios o se pueda calcular un plazo a partir de un acontecimiento anterior, el retraso solo se producirá tras la recepción de un recordatorio por escrito por parte de la empresa. Si la empresa se retrasa en la entrega, el cliente deberá fijarle un plazo adicional razonable. Este plazo deberá ser de al menos dos semanas.
4.3 Una vez transcurrido un plazo adicional razonable fijado a la empresa en caso de retraso en la entrega, el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato si, al fijar el plazo adicional, ha indicado su rechazo a la prestación. El derecho de rescisión no se aplicará si, al expirar el plazo, el objeto de entrega ha sido enviado o está listo para su envío y se ha notificado al cliente.
4.4 Los acontecimientos imprevistos que escapen al control de la empresa, como guerras, amenazas de guerra, disturbios, actos de violencia de terceros contra personas o bienes, intervenciones soberanas, incluidas medidas monetarias y comerciales, conflictos laborales en la empresa o en sus proveedores o empresas de transporte, interrupciones de las conexiones de transporte previstas, incendios, escasez de materias primas, escasez de energía y otras interrupciones operativas en la empresa o sus proveedores prolongarán los plazos y fechas de entrega acordados por la duración del impedimento. Esto también se aplica si la empresa ya se encuentra en mora de entrega o si los impedimentos mencionados anteriormente ya existían antes de la celebración del contrato, pero la empresa no tenía conocimiento de ellos. La empresa informará inmediatamente al cliente de los impedimentos del tipo mencionado anteriormente.
4.5 Si los retrasos en la entrega debidos a estas circunstancias se prolongan durante más de dos meses, ambas partes tendrán derecho a rescindir el contrato. Sin embargo, el cliente solo podrá rescindir el contrato si la empresa no declara, en el plazo de una semana, si desea rescindir el contrato o realizar la entrega en un plazo razonable. El mismo derecho de rescisión se aplica, independientemente del plazo mencionado anteriormente, si la ejecución del contrato se ha vuelto inaceptable para una de las partes debido al retraso producido.
4.6 Si el cliente sufre daños por el retraso de la empresa, tendrá derecho, con exclusión de otras reclamaciones de indemnización, a una indemnización por retraso del 1⁄2 (uno y medio) por ciento por cada semana completa de retraso, pero como máximo el 5 (cinco) por ciento de la parte del suministro total que, como consecuencia del retraso, no pueda utilizarse a tiempo o de conformidad con el contrato. La restricción no se aplicará en los casos en que la empresa sea responsable de forma imperativa por dolo o negligencia grave (véase el apartado 7), ni tampoco si se ha acordado una operación comercial a plazo fijo en el sentido del artículo 376 del Código Mercantil alemán (HGB). El derecho de rescisión del cliente según los apartados 4.3 y 4.5, así como la reserva de autoabastecimiento según el apartado 3.1, no se verán afectados.
5. Reserva de propiedad y propiedad intelectual
5.1 El objeto de suministro seguirá siendo propiedad de la empresa (mercancía reservada) hasta el cumplimiento completo y definitivo (es decir, solo después de la exención definitiva de cualquier responsabilidad conjunta por letras de cambio o cheques) de todas las reclamaciones de la empresa derivadas de la relación comercial, independientemente de su fundamento jurídico. Lo mismo se aplica a las reclamaciones futuras o condicionales derivadas de contratos celebrados simultáneamente o posteriormente en el marco de la relación comercial. En el caso de cuentas corrientes, la propiedad reservada sirve para garantizar la reclamación de la empresa derivada de una relación de cuenta corriente.
5.2 El tratamiento y la transformación de la mercancía reservada se realizan para la empresa como fabricante en el sentido del artículo 950 del Código Civil alemán (BGB), sin que ello suponga ninguna obligación para esta. El objeto de suministro tratado o transformado se considera mercancía reservada para garantizar los derechos de la empresa en el sentido del apartado 5.1. En caso de tratamiento, transformación, combinación o mezcla de la mercancía reservada con otras mercancías que no pertenezcan a la empresa, esta tendrá derecho a la copropiedad del nuevo objeto en proporción al valor facturado de la mercancía reservada con respecto al valor facturado de las demás mercancías utilizadas. En caso de extinción de la propiedad de la empresa sobre la mercancía reservada por combinación, mezcla o transformación de la mercancía reservada, el cliente cede desde este momento a la empresa los derechos de propiedad que le corresponden sobre el nuevo stock o el nuevo objeto en proporción al valor facturado de la mercancía reservada con respecto al valor facturado de las demás mercancías utilizadas y los custodia con diligencia comercial y de forma gratuita para la empresa. Los derechos de copropiedad que se deriven de ello también serán mercancía reservada para garantizar los derechos de la empresa en el sentido del apartado 5.1.
5.3 Mientras el cliente no se encuentre en mora, podrá vender la mercancía reservada en el curso normal de sus actividades comerciales y únicamente en sus condiciones comerciales habituales, siempre que, al mismo tiempo, las reclamaciones derivadas de la reventa se transfieran a la empresa de conformidad con los apartados 5.4 a 5.6. El cliente no está autorizado a disponer de la mercancía reservada de otra manera, en particular a pignorarla o cederla en garantía. La empresa podrá revocar la autorización anterior en los casos enumerados en el apartado 2.7, así como en caso de incumplimiento de las obligaciones anteriores. En caso de revocación, el cliente tampoco podrá procesar o transformar la mercancía reservada ni combinarla o mezclarla con otro objeto de suministro.
5.4 Las reclamaciones y otros derechos, incluidos todos los derechos accesorios del cliente derivados de la reventa de la mercancía reservada, se ceden desde este momento, es decir, con la aceptación de estas CGV, a la empresa, que acepta la cesión por la presente. Sirven para garantizar los derechos de la empresa en la misma medida que la mercancía reservada. Si el cliente vende la mercancía reservada junto con otros artículos no suministrados por la empresa, se cede por la presente el crédito derivado de la reventa en la proporción del valor de factura de la mercancía reservada con respecto al valor de factura de los demás artículos
. En caso de venta de mercancías en las que la empresa tenga derechos de copropiedad de conformidad con el apartado 5.2, se cederá a la empresa una parte de la deuda correspondiente a su copropiedad.
5.5 Mientras no se revoque el derecho de reventa, el cliente cumpla con sus obligaciones de pago frente a la empresa y no incumpla otras obligaciones contractuales esenciales, el cliente tendrá derecho a cobrar las deudas derivadas de la reventa. El cliente no está autorizado a ceder o pignorar las deudas a terceros, incluida la venta de deudas a bancos de factoring. El cliente deberá informar inmediatamente a la empresa de cualquier vulneración de sus derechos por parte de terceros, entregándole los documentos necesarios para intervenir. Los gastos de intervención que se produzcan correrán a cargo del cliente.
5.6 Tras la revocación de la autorización de reventa y/o de la autorización de cobro, el cliente estará obligado, a petición de la empresa, a proporcionar información sobre las existencias de mercancía reservada y las reclamaciones cedidas, a informar a sus clientes de la cesión a la empresa (si la empresa no lo hace por sí misma) y facilitar a la empresa la información y los documentos necesarios para el cobro. Además, si el cliente se retrasa más de dos semanas en el cumplimiento de sus obligaciones de pago con la empresa, esta podrá exigir la devolución de la mercancía reservada y cobrar los créditos y otras reclamaciones cedidos a la empresa. Además, la empresa podrá utilizar la mercancía reservada para satisfacer sus reclamaciones tan pronto como la empresa haya rescindido el contrato o se hayan cumplido los requisitos para reclamar una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación. El ejercicio de la reserva de propiedad, en particular la recuperación de la mercancía reservada, solo se considerará una rescisión del contrato si la empresa lo declara expresamente por escrito. En las condiciones anteriores, el derecho del cliente a poseer la mercancía reservada expirará. En los casos mencionados, la empresa tendrá derecho, previa notificación y fijación de un plazo, a entrar en las instalaciones del cliente y recoger la mercancía reservada.
5.7 Si el valor realizable de las garantías existentes de la empresa supera en total en un 10 (diez) por ciento las deudas garantizadas, la empresa estará obligada, a petición del cliente, a liberar garantías a su elección.
5.8 La propiedad intelectual de la tecnología y el diseño del objeto de suministro seguirá siendo propiedad del inventor o fabricante, incluso si (todavía) no está registrada en un registro de patentes. Queda prohibida cualquier violación de la propiedad intelectual de la tecnología y el diseño mediante la reproducción o la facilitación de la reproducción.
6. Calidad de la mercancía y responsabilidad por defectos
6.1 Si la empresa comunica al cliente las disposiciones DIN, otras normas de calidad nacionales o extranjeras o cualquier otra información sobre la calidad del objeto de suministro, estas solo servirán para describir con más detalle los servicios que debe prestar la empresa. Esto no implica ninguna garantía de calidad. Se permiten desviaciones de las ilustraciones y descripciones que figuran en los folletos y otros documentos de la empresa, así como de las especificaciones de medidas y pesos y de los valores de rendimiento, siempre que no se hayan acordado expresamente como vinculantes o que las desviaciones no sean razonables para el cliente, teniendo en cuenta el uso previsto del objeto de suministro que la empresa puede reconocer.
6.2 El cliente deberá examinar el objeto de suministro sin demora y con la diligencia razonable, y
– si es necesario, mediante un procesamiento o funcionamiento de prueba – comprobar la calidad del objeto de suministro y notificar los defectos reconocibles sin demora, a más tardar en un plazo de 10 (diez) días como máximo tras la recepción del objeto de suministro/finalización del montaje, indicando el número de factura, de fabricación y de envío. Los defectos ocultos deberán notificarse de la misma manera inmediatamente después de su descubrimiento. De lo contrario, el cliente perderá su derecho a la garantía. No se verán afectadas otras obligaciones del cliente derivadas del artículo 377 del Código Mercantil alemán (HGB), así como las disposiciones especiales del apartado 7 para entregas con servicios de montaje.
6.3 Si el cliente no hace valer sus derechos de recurso contra terceros, procesa un artículo defectuoso sin un control de calidad previo o entrega a terceros el artículo defectuoso reclamado sin haber dado previamente a la empresa la oportunidad de comprobar los defectos reclamados, se extinguirán todas las reclamaciones por defectos. Lo mismo se aplica a las consecuencias del uso inadecuado o incorrecto del objeto de suministro, el montaje defectuoso por parte del cliente, el uso de medios de producción inadecuados, la existencia de un terreno inadecuado, el incumplimiento de las instrucciones de funcionamiento y mantenimiento, las modificaciones inadecuadas del objeto de suministro, el desgaste natural y el manejo incorrecto o negligente.
6.4 En caso de reclamación por defectos justificada y presentada a tiempo, la empresa estará obligada, a su elección, a reparar o sustituir gratuitamente el objeto de suministro en un plazo razonable. La empresa será responsable de ello en la misma medida que del objeto de suministro original. No obstante, los gastos adicionales derivados del traslado del objeto de suministro a un lugar distinto del lugar de cumplimiento correrán a cargo del cliente.
6.5 Si la empresa no cumple una obligación asumida en el marco de la responsabilidad por defectos, o no lo hace de conformidad con el contrato, el cliente tendrá derecho, tras un plazo razonable, a reducir la remuneración o a rescindir el contrato. Este último derecho no existirá si el defecto solo reduce de forma insignificante el valor o la idoneidad del objeto de suministro en su conjunto, teniendo en cuenta el uso habitual o previsto en el contrato, y, por lo demás, solo en lo que respecta a las partes defectuosas del suministro, a menos que el mantenimiento del contrato en lo que respecta a las partes no defectuosas del suministro no sea razonable para el cliente.
6.6 Las reclamaciones por defectos prescribirán en el plazo de un año a partir de la entrega del objeto de suministro o, en el caso de suministros con servicios de montaje, en el plazo de un año a partir de la aceptación, y en el caso de servicios de montaje y asistencia técnica puros, a partir de la finalización de los trabajos de montaje y asistencia técnica en las instalaciones del cliente o de la devolución del objeto de montaje al cliente. Esto no se aplica si la ley, de conformidad con el artículo 438, apartado 1, número 2, del Código Civil alemán (BGB) (
es de obras y objetos para obras), prescribe plazos más largos o si la empresa es responsable por dolo.
6.7 Las reclamaciones por indemnización también están limitadas de acuerdo con el apartado 8.
6.8 Las disposiciones anteriores también se aplican a las entregas erróneas evidentes.
7. Condiciones adicionales para entregas con servicios de montaje y servicios puros de montaje y asistencia
7.1 Para la utilización de los servicios de montaje y asistencia de la empresa, esta facturará, salvo que se acuerde lo contrario por escrito, las tarifas vigentes en el momento de la realización del pedido o según el trabajo realizado: – Horas de trabajo, preparación del montaje y espera;
– Suplementos por horas extras fuera del horario laboral diario normal, así como por servicios de montaje los sábados, domingos y festivos;
Tiempo de desplazamiento desde la sucursal más cercana de la empresa y, si no hay ningún montador disponible allí, desde la sede central;
– Dietas;
– Gastos de franqueo, telegramas, llamadas telefónicas y envíos por fax;
– Los gastos de ida y vuelta del montador en coche, salvo que se haya acordado el uso de un avión, en su caso con el uso posterior de un coche de alquiler/taxi, así como los gastos de alojamiento que puedan ser necesarios.
Si el alojamiento de un empleado de la empresa se encuentra a más de 2 km del lugar de montaje, se facturarán como tiempo de trabajo los gastos diarios de desplazamiento y el tiempo diario de desplazamiento desde el alojamiento hasta el lugar de montaje, pero sin recargos.
7.2 El cliente deberá asumir los gastos de la intervención del personal de montaje y servicio según lo dispuesto en el apartado 7.1, incluso si no se puede ejecutar un encargo porque el defecto reclamado no se ha detectado durante la comprobación, el cliente no ha cumplido con la fecha acordada o el cliente ha retirado el encargo durante su ejecución. La empresa tiene derecho a exigir el pago de las piezas de repuesto que deba adquirir antes de su instalación. Una vez finalizado el montaje, el cliente deberá certificar las horas trabajadas por el montador/técnico de servicio en el certificado de trabajo que este le presente.
7.3 El cliente deberá garantizar el cumplimiento puntual de los requisitos técnicos necesarios para una puesta en servicio, reparación o mantenimiento sin interrupciones y sin problemas del objeto de suministro, en particular, vías de acceso seguras, accesibilidad impecable al lugar de instalación, capacidad de carga suficiente de los cimientos, ausencia de vibraciones en el subsuelo y suministro de energía y medios de funcionamiento. Las salas en las que se realice el montaje deben estar suficientemente protegidas contra las inclemencias del tiempo, calefactadas, bien iluminadas y protegidas de forma adecuada contra la intervención de terceros no autorizados.
7.4 En caso de instalación de máquinas, antes de comenzar la instalación deben haberse completado todos los trabajos de construcción y otros
trabajos preparatorios, de modo que la instalación pueda comenzar inmediatamente después de la entrega y realizarse sin interrupciones. La base para la máquina que se va a instalar debe estar completamente seca y consolidada. Las salas en las que se realiza la instalación deben estar suficientemente protegidas contra las inclemencias del tiempo, calefactadas y bien iluminadas. Además, el cliente debe instalar conexiones eléctricas con la potencia suficiente y, si así se ha acordado con el cliente o si resulta necesario durante los trabajos, debe disponer de personal, herramientas de elevación y herramientas auxiliares para poder ejecutar el encargo sin interrupciones en la medida de lo posible. De lo contrario, las posibles interrupciones y los costes adicionales asociados correrán a cargo del cliente.
7.5 Una vez finalizado el montaje/servicio, se llevará a cabo una prueba de funcionamiento para demostrar el rendimiento (del objeto de suministro), durante la cual se instruirá al futuro personal de operación, que el cliente deberá proporcionar a tiempo. Las averías y fluctuaciones de rendimiento (del objeto de suministro) durante la prueba de funcionamiento no darán lugar a ninguna reclamación del cliente contra la empresa. Lo mismo se aplica si el cliente pone en funcionamiento el objeto de suministro/servicio antes de la aceptación.
7.6 Inmediatamente después de la prueba de funcionamiento, el cliente deberá aceptar el objeto de suministro/servicio. La aceptación se registrará en un protocolo de aceptación que se firmará conjuntamente. Solo se podrá rechazar en caso de defectos importantes hasta que se subsanen. Las aceptaciones técnicas pendientes por parte de la inspección de trabajo o del TÜV no dan derecho al cliente a rechazar o aplazar la aceptación. Los defectos detectados durante el periodo de garantía en estas aceptaciones técnicas, a las que se invitará a la empresa, serán subsanados por esta de conformidad con el apartado 6.
7.7 Si el cliente ha comenzado a utilizar el objeto de suministro/la prestación, la aceptación se considerará realizada tras el transcurso de seis días laborables desde el inicio del uso, salvo que se haya acordado expresamente y por escrito una aceptación posterior. La empresa podrá prohibir al comprador el uso del objeto de suministro/servicio en cualquier momento antes de la aceptación.
7.8 Si el objeto de suministro resulta dañado o destruido antes de la aceptación por causas de fuerza mayor, guerra, disturbios u otras circunstancias inevitables ajenas a la empresa, esta tendrá derecho al pago del objeto de suministro y de los trabajos de montaje realizados hasta ese momento.
7.9 En el caso de los servicios de montaje y asistencia técnica, la responsabilidad por defectos se limita a los trabajos realizados por la empresa en el objeto de montaje, así como a las piezas de recambio instaladas. Si se presenta una reclamación por defectos de los servicios de montaje y asistencia técnica de la empresa de forma oportuna y justificada, esta estará obligada, a su elección, a realizar una reparación gratuita o a suministrar un recambio gratuito en un plazo razonable. Los gastos adicionales que se deriven del traslado del objeto de montaje a otro lugar correrán a cargo del cliente. Esto no da lugar a ninguna otra reclamación por defectos en otras partes del objeto de montaje. Las piezas que la empresa sustituya en el marco de la responsabilidad por defectos pasarán a ser propiedad de la empresa.
7.10 La responsabilidad por defectos de la empresa presupone el manejo adecuado y el mantenimiento regular de los objetos de montaje instalados/reparados/mantenidos por ella. Queda excluida la responsabilidad por defectos derivados del uso inadecuado o incorrecto, del montaje o la puesta en servicio defectuosos por parte del cliente o de terceros, del uso de medios de explotación inadecuados, del incumplimiento de las instrucciones de funcionamiento y mantenimiento, de modificaciones inadecuadas, del desgaste natural o del manejo defectuoso o negligente.
8. Limitación de las reclamaciones por daños y perjuicios
8.1 Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios del cliente contra la empresa o los empleados de la empresa, independientemente de la base jurídica, salvo en caso de responsabilidad por dolo, negligencia grave, garantía asumida, riesgo de adquisición asumido, lesiones mortales, lesiones físicas, daños a la salud o incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales. Esta disposición no implica un cambio en la carga de la prueba en detrimento del cliente.
8.2 Las reclamaciones de indemnización del cliente contra la empresa o los empleados de la empresa por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales se limitan a los daños previsibles típicos del contrato, salvo en caso de responsabilidad por dolo, negligencia grave, garantía asumida, riesgo de adquisición asumido o lesiones mortales, físicas o para la salud. Esta disposición no implica un cambio en la carga de la prueba en detrimento del cliente.
8.3 Las reclamaciones de indemnización contra la empresa o sus empleados, independientemente de su fundamento jurídico, prescribirán en el plazo máximo de un año. La disposición especial para reclamaciones por defectos del apartado 6.6 no se ve afectada.
8.4 En la medida en que la empresa sea responsable de forma imperativa, según la ley de responsabilidad por productos defectuosos, de los daños materiales y personales causados por un defecto de un producto, prevalecerán las disposiciones de la ley de responsabilidad por productos defectuosos. Para una compensación interna según el artículo 5, frase 2, de la ley de responsabilidad por productos defectuosos, se mantendrán las normas anteriores.
9. Información y asesoramiento, así como derechos de propiedad industrial
9.1 La información sobre las posibilidades de procesamiento y aplicación, el mantenimiento o el manejo de los productos suministrados por la empresa, el asesoramiento técnico u otros datos se proporcionan según nuestro leal saber y entender, pero sin compromiso y con exclusión de cualquier responsabilidad, a menos que la empresa haya actuado con negligencia grave como mínimo. En caso de celebración de un contrato de asesoramiento o de existencia de una obligación contractual accesoria correspondiente, la responsabilidad de la empresa se limita a lo dispuesto en el apartado 8.
9.2 La empresa se reserva los derechos de autor sobre los planos y demás documentos de construcción. Estos no podrán ponerse a disposición de terceros. En la medida en que la empresa fabrique el objeto de suministro según los planos, muestras u otras especificaciones del cliente y, al hacerlo, infrinja los derechos de propiedad intelectual de terceros, el cliente eximirá a la empresa de todas las reclamaciones relacionadas con ello.
10. Lugar de cumplimiento, jurisdicción y derecho aplicable
10.1 El lugar de cumplimiento para la entrega/prestación y el pago es Hamburgo.
10.2 Para cualquier litigio que pueda surgir de este contrato, así como de su origen y validez, incluidos los relacionados con cheques y letras de cambio, la jurisdicción competente será Hamburgo, siempre que el cliente sea un comerciante registrado, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público; en caso de competencia del juzgado de primera instancia, la jurisdicción competente será el Juzgado de Primera Instancia de Hamburgo-Mitte. No obstante, la empresa podrá demandar al cliente ante cualquier otro tribunal competente según el Código de Procedimiento Civil de la República Federal de Alemania.
10.3 La relación contractual se rige por la legislación de la República Federal de Alemania. Quedan excluidas las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
Fecha: 07/2024